jueves, 11 de octubre de 2018

El ajuste no debe llegar a los bosques nativos y ya terminar con la incertidumbre

Afirman que  los fondos asignados por el presupuesto nacional 2019 por la ley 26.331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, además de no cumplir con lo establecido por la ley, será igual que el de 2018 a pesar de la fuerte devaluación que sufrió el  peso argentino y fuerte aumento en los costos de insumos.

Los fondos fueron insuficientes desde la sanción de la ley 26.331 del año 2007 y la realidad numérica demuestra que el reparto de los  fondos para para la conservación de los  “Bosques nativos” nunca superó el 10% de lo que legalmente debió aportar desde su constitución, hasta el presente. – No tengo datos sobre los montos recaudados y nombres y apellidos de los beneficiarios.  

Los fondos no es un subsidio del estado, es un fondo compensatorio por las limitaciones que impone la ley sobre el uso lucrativo del suelo de propiedades privadas y provinciales, y además la ley obliga a los propietarios a ser custodios de área protegida, para conservar los bosques nativos por los importantes servicios ambientales que éstos brindan a la comunidad, servicios vitales para la vida humana, animal y vegetal, terrestre y acuática. -  (ley 26.331 - Artículo 30). Además de limitar el uso del suelo de la propiedad, la ley obliga al propietario a ser responsable de la protección del bosque al mejor estilo de gobiernos totalitarios -   ARTICULO 29.- Las sanciones al incumplimiento de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder, serán las que se fijen en cada una de las jurisdicciones conforme el poder de policía que les
corresponde, las que no podrán ser inferiores a las aquí establecidas.
Las jurisdicciones que no cuenten con un régimen de sanciones aplicarán supletoriamente las siguientes sanciones que corresponden a la jurisdicción nacional: a) Apercibimiento; b) Multa entre TRESCIENTOS (300) y DIEZ MIL (10.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional. El producido de estas multas será afectado al área de protección ambiental que corresponda. c) Suspensión o revocación de las autorizaciones.

La multa al propietario por incumplimiento de la ley 26.331, es de 10.000 sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública, en la actualidad sería  algo así como $150.000.000 ciento cincuenta  millones de pesos. Pero por incumplimiento de la ley por parte del Estado Nacional, nada de nada. ¿Es justa esta ley?

A la hora de decidir siempre ganan  los que les importa un rábano la vida y bienestar de sus semejantes  y quienes con acciones concreta y la vista de todo el mundo cuidamos el medioambiente, nos quedamos esperando que alguna de la empresas que ganan dinero contaminando, nos compense con algo de sus ganancias por nuestro esfuerzo y por las inversiones que hacemos para cuidar nuestros bosques.

Al pueblo argentino en general y al pueblo misionero en particular, les propongo un ejercicio de lógica económica: Qué pasaría si transformáramos las 440  hectáreas de la Reserva Natural “El Paraíso”  en 140 hectáreas de Yerba Mate  y 300 de desarrollo silvopastoril (pinos y vacas).

Produciendo 15 mil kilos de Yerba Mate por hectárea tendríamos 2.100.000 kilos, precio actual $8.40 el Kilo, tendríamos un  ingresos anuales bruto de $16.800.000  
Si cortáramos 20 hectáreas de pino por año de las 300 hectáreas restante generaríamos ingresos de ------  por año.

Si criáramos 250  cabezas de ganado bajo el pino, tendríamos Aprox. 60.000 kilos anuales x $35  kilo vivo =  $2, 100,000 brutos. La provincia se favorecería con los aportes por impuestos y generación de empleos.

Si sumamos estos porcentajes al más de un millón de hectáreas dentro de la Provincia de Misiones,  ingreso anual podría ser de US$ 2.400.000.000 de dólares anuales. Imaginemos cuantos hospitales podemos construir, cuantas universidades, cuantas escuelas, cuántas viviendas populares, cuantas rutas, caminos y cuantos comedores y merenderos para que a ningún niños misionero le falte alimento, estudios y futuro.  

Y la verdad es que por la ley de Bosques en el 2015 el estado nacional le giro a la provincia $3 millones de pesos, o sea  $2,50 anuales por hectáreas. O sea, necesitamos conservar y proteger 8 hectáreas de Bosque nativo  para comprar un alfajor por año o medio litro de Gasoil para la camioneta del guarda parque, el resto lo paga el pueblo misionero ¿No te parece genial…?   

Estar orgullosos de nuestra selva es mantenerla viva, para mantenerla viva hay que protegerla de los que roban árboles para comercializarlos, de los cazadores furtivos, de posibles incendios, de especies arbóreas exóticas invasoras, de fauna exótica depredadora y para tener éxito en esta gestión, hace falta los imprescindibles recursos logísticos y económicos. Si realmente amamos nuestra selva, la que contiene más del 52% de toda la biodiversidad del país, debemos  instalar este debate, para terminar con la hipocresía e intentar que de alguna forma se compense tamaño esfuerzo, no solo de quienes luchamos por conservar nuestra porción de selva paranaense, conocida mundialmente como Mata Atlántica, también reconocer  el tamaño esfuerzo del pueblo Misioneros.

Como llegamos al Fondo Nacional de Bosques

Fue como una forma efectiva de cristalizar con hechos el Artículo 41° de la Constitución Nacional de 1994, el  cual nos otorgar el derecho a gozar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.  Desde ese punto de partida en 1995 nace la “Reserva Natural El Paraíso” y otras reserva privadas. Después fastidiar a todo el mundo,  13 años después  surge el Fondo Nacional de Bosques creado en 2007 por la ley 26.331 de “Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos” con el objeto de compensar las jurisdicciones  que conservan los bosques nativos, incluido “Reservas Naturales Privadas” que conservan los bosques nativos, por los importantes servicios ambientales que éstos brindan a la comunidad, servicios vitales para la vida humana, animal y vegetal, terrestre y acuática, etc.  (artículo 30). (En Misiones adhesión - Ley provincial Nº XVI-105)

El estado sanciona fuertemente a quien no cumple la ley, pero paradójicamente el Estado Nacional no  la cumple

La norma de la ley 26.331 establece que el fondo debe ser constituido anualmente por el Gobierno Nacional en el presupuesto nacional con un monto no inferiores al 0,3% del total del presupuesto nacional y el 2% del total de la retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración (artículo 31).

Estos recursos  se deben distribuir anualmente entre las provincias que han adherido a la Ley Nacional 26.331,  con la finalidad de compensar las limitaciones impuestas por ley al uso del suelo de propiedades privadas, municipales y provinciales, asignado  a la conservación de bosques nativos,  fortalecer la protección de los mismos y para financiar proyectos para tal fin.

Una situación de incertidumbre transita la ley de bosques.

En la última reunión del  Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) celebrada en la ciudad de Corrientes, por unanimidad de las provincias se sancionó la Resolución 377/18 del Cofema, con fecha 19 de agosto del 2018, se solicita  al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y a la Jefatura de Gabinete de Ministros  no interrumpir el giro del Fondo Nacional de Bosques.

Sería triste y peligroso que  no concretarse las transferencias del Fondo de Bosques 2018, porque los bosques quedaran desguarnecido totalmente y será un gran retroceso para los avances ambientales que se lograron  con aportes de movimientos y organizaciones ambientales del país, para conseguir  la Ley 26.331, que si bien no es la mejor ley, sirvió para comenzar política pública ambiental argentina y cumplir con el Artículo 41° de nuestra Constitución Nacional y posteriormente con los compromisos asumidos ante la Comisión Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), a partir de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) presentadas en el Acuerdo de París (COP 21, 2015), las cuales además fueron revisadas planteando objetivos de reducción de emisiones aún más ambiciosos.

Omar Aouada.
Reserva Natural "El Paraíso" 
https://www.facebook.com/ecoelparaiso/